El capítulo 1.8 del ADR recoge la obligación, para las empresas responsables de operaciones con mercancías peligrosas, de designar un consejero de seguridad, encargado de ayudar en la prevención de riesgos para las personas, las propiedades y el medio ambiente. Por otro lado, las empresas responsables de operaciones de carga, descarga y/o transporte de mercancías  peligrosas,  pueden  estar  obligadas  a  designar  Consejero  de  Seguridad  ante  la Administración, según R.D. 1566/99 GESIGLES ADR le informa, sin compromiso, de las obligaciones que afectan a su empresa. Contacte  con  nosotros  para  conocer  si  su  empresa  está  afectada  por  esta  normativa  y emitiremos un informe con el resultado de necesidades.