El capítulo 1.8 del ADR recoge la obligación, para las empresas responsables de operaciones con mercancías peligrosas, de designar un consejero de seguridad, encargado de ayudar en la prevención de riesgos para las personas, las propiedades y el medio ambiente. Por otro lado, las empresas responsables de operaciones de carga, descarga y/o transporte de mercancías peligrosas, pueden estar obligadas a designar Consejero de Seguridad ante la Administración, según R.D. 1566/99 GESIGLES ADR le informa, sin compromiso, de las obligaciones que afectan a su empresa. Contacte con nosotros para conocer si su empresa está afectada por esta normativa y emitiremos un informe con el resultado de necesidades.